Encadenados a su hipoteca
Una vez más desde el desnortado Gobierno de España, se pronuncian frases que nos resultan extrañas e incoherentes. Con todo esto del dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la última manifestación ininteligible corresponde a la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, que se ha referido a la dación en pago que aparece (¿) en la sentencia del TJUE, una fórmula que, ha dicho, ya recoge el derecho español desde hace mucho tiempo, pero que a su juicio, “no evita el problema del lanzamiento”. “La dación en pago es dejar las llaves y se da por saldada la deuda, pero el inquilino se queda en la calle”, ha apuntado. ¿A quién se refiere a los que viven de alquiler o a los que son propietarios de una vivienda adquirida mediante un crédito hipotecario? No es lo mismo.
En cuanto a las “bondades” de la sentencia y de lo que de ella se desprende hay que señalar dos cosas, la primera es que la Ley Hipotecaria señala que el impago de un solo plazo es motivo de desahucio y que el Gobierno lo va a ampliar a tres impagos. Esto no dice nada a nadie ya que la banca está siendo más “generosa” dado que no inicia demandas de desahucio hasta que se han producido seis o más impagos. La segunda es el hecho de que el Gobierno piensa introducir en el decreto ley que no se podrán pactar y por tanto pagar intereses de demora que excedan tres veces del precio legal del dinero. Para el año 2013 el precio legal del dinero es del 4%, lo que quiere decir que no se podrán pagar exigir a los deudores intereses de demora superiores al 12%. El artículo 19.4 de la Ley de Crédito al Consumo (LCC) dispone que en caso alguno se pueden aplicar a los créditos que se concedan en forma de descubierto “un tipo de interés que dé una tasa anual equivalente superior a dos veces y media el interés legal del dinero”. O sea que la LCC marca 2,5 veces lo que daría como resultado que los intereses de demora no podrían ser superiores al 10%. El Gobierno ha aprovechado la ocasión para favorecer más a la banca subiendo los intereses de demora en 2 puntos, y eso da como resultado que la banca va a obtener mucho más dinero. La LCC es clara y prueba de ello es la confirmación por parte de la Audiencia Provincial de Tarragona de una sentencia del Juzgado de Primera Instancia de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula por abusiva de un préstamo y en la que se dice que el deudor deberá abonar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero y no el 20% de mora fijado en el contrato. Al fijar el Gobierno esas tres veces más que el interés legal está reconociendo los abusos que se han estado cometiendo durante años, este Gobierno y todos los anteriores, y que esos altos porcentajes, el 18, 20 y 25% fijados en los contratos entre particulares y entidades financieras, estaban contraviniendo las normas legales, por tanto lo que se corresponde es la devolución de lo cobrado de más por intereses de demora, naturalmente me refiero a que tenga efectos retroactivos.
En cuanto a la dación en pago todo indica que va seguir como está, es decir: A la calle y a seguir pagando. Como ya en dicho en anteriores ocasiones mientras no se modifique el artículo 1911 del Código Civil en la parte que dice: “Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes presentes y futuros”. Mientras no se retire el término “futuros” el deudor seguirá “encadenado” de por vida a su hipoteca.
En un principio el Gobierno de Rajoy argumentaba que la dación en pago arruinaría a los bancos, ahora ha cambiado el tercio y dice que si hay dación en pago los bancos no concertarán créditos hipotecarios, en un intento por meterle el miedo en el cuerpo a la gente, un argumento inútil porque cada vez se conceden menos créditos hipotecarios ahí están las estadísticas. Los 40.000 millones de euros prestados a la banca por el Banco de Crédito Europeo no han servido para activar la economía y por tanto el consumo que es lo que da puestos de trabajo, esos miles de millones, por cierto, avalados por los españoles, solo sirven para que la banca sea más poderosa y los españoles más pobres y vulnerables ante el poder que da el dinero.
Acabo señalando que las distintas administraciones públicas también andan por el camino de la usura, con tanto “jaleo” nos estamos olvidando de que cuando un ciudadano no paga sus impuestos en el plazo establecido le cuesta un 20% de intereses de demora. Esto no sé si va en contra de lo que marca la LCC pero sí estoy seguro de que es un trato abusivo. Habría que revisarlo.
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