Hacia una España Mejor

viernes, abril 20, 2007

Mercedes en exclusiva


En septiembre de 1991 el pleno del ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz) acuerda conceder la compatibilidad de un concejal con dedicación exclusiva, con su profesión de procurador. Es decir podía cobrar como si se dedicara en exclusiva a su labor de concejal y al mismo tiempo podía ejercer su profesión de procurador como una “ocupación marginal”. Posteriormente uno de los grupos político de dicho ayuntamiento presentó un recurso a esta concesión y se revocó la misma. El concejal afectado recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y este desestimó el recurso (05-01-94) argumentando que la profesión de procurador no podía considerarse como una “ocupación marginal”. Ante este fallo el interesado presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que tambíen fue desestimado (12-04-00) por el mismo motivo que argumentó el TSJA: No se podía considerar la profesión de procurador como una “ocupación marginal”.
El 5 de agosto de 1999 la candidata a la alcaldía de Elche por el PP, Mercedes Alonso, siendo diputada provincial con dedicación exclusiva y por tanto cobrando de la Diputación Provincial un sueldo anual de 8.198.651 pesetas, solicitó le fuera concedida la compatibilidad para ejercer su profesión de abogado como una “ocupación marginal”. Petición que le fue concedida por el Pleno de la Diputación el 9 de septiembre de 1999. Es decir, que Mercedes Alonso se embolsó más de 32 millones de pesetas en los cuatro años en que estuvo “disfrutando” de una situación ilegal dentro de la Diputación, ya que la sentencia que afectó al concejal de Arcos de la Frontera, que por cierto sentó jurisprudencia, sin duda alguna le afectaba también a ella puesto que si tanto el TSJA como el Tribunal Supremo no consideraban como una “ocupación marginal” el ejercer como procurador disfrutando de la dedicación exclusiva en el ayuntamiento, menos deben considerar como “ocupación marginal” el ejercer como abogado. Al parecer su petición estaba apoyada por un informe técnico que sin duda alguna adoleció de la falta de una recopilación más amplia de aspectos legales que pudieran afectar a las conclusiones del informante y por tanto a los intereses de la peticionaria. Ante esto se hace necesaria una aclaración de Mercedes Alonso en el sentido de que si ocupa la alcaldía se dedicará en exclusiva a ella sin recurrir a su posible deseo de solicitar la “ocupación marginal” para seguir ejerciendo la abogacía, o piensa continuar viviendo a costa del contribuyente y de lo que pueda “rascar” como abogado.